El Ministerio de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, técnicas y prácticas asociados a la producción de tejidos en qallwa o telar de cintura de la provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca.
Dichos tejidos son resultado de sofisticadas técnicas de creación textil y son testimonio de antiguos y vigentes intercambios culturales y económicos entre la población de San Miguel y poblaciones del norte del país, constituyendo hoy un símbolo de la identidad cultural de la referida provincia de Cajamarca.
Mediante la Resolución Viceministerial Nº 211-2019-VMPCIC-MC, se destaca que la manufactura textil de San Miguel goza de especial reconocimiento regional por su notable valor estético y simbólico; está vinculada íntimamente a lo femenino y fundamentada en el telar de cintura o qallwa.
Estos tejidos son expresión de una tradición de larga trayectoria histórica que conserva rasgos de su origen prehispánico y es testimonio de los desplazamientos y fluidas relaciones que mantienen las poblaciones de Cajamarca y las del litoral.
La norma da cuenta que los tejidos de San Miguel se confeccionan a partir de telares de cintura o qallwa, similares a los empleados en la época prehispánica.
El telar empleado por las tejedoras de San Miguel está compuesto por una diversidad de listones kungallpos, qallwa, palito laborero, putij, palitos de hillahua (cuyo número varía según la labor), chana, además de dos implementos, siquicha y chamba, elaborados con soga.
Según la investigadora Haydée Quiroz Malca, una peculiaridad de los elementos de este telar es que, a través de sus nombres, da cuenta de la presencia de cuatro lenguas (den, muchick, culle y quechua) en cada una de las denominaciones de sus componentes, lo que implicaría la inclusión —desde la tecnología— de una diversidad de presencias étnicas a lo largo del tiempo.
Informe detallado
Se encarga a la Dirección de Patrimonio Inmaterial en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y la comunidad de portadores, la elaboración, cada cinco años, de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada.
Ello permitirá que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes.